No se ha dado a conocer el motivo de la agresión, pero podría recibir hasta 70 años de prisión de ser declarado culpable

Guanajuato (Marcrix Noticias).- Aunque no queda claro cuál fue el motivo por el que Miguel “N” agredió de manera brutal a Milagros Monserrat, cuando se dirigía a su trabajo en la ciudad de León, las autoridades informaron que el delito por el que se le acusa es feminicidio.

La tarde de este lunes, la Fiscalía General del Estado de Guanajuato informó que ya inició una carpeta de investigación por el delito de feminicidio en contra del acusado.

Miguel “N”, se encuentra interno en una celda a disposición de un juez del fuero común, quien será el que determine su situación jurídica el próximo 18 de agosto, debido a que la defensa del inculpado solicitó la duplicidad del término constitucional a fin de reunir las pruebas de descargo que considere pertinentes, informó la dependencia a través de sus redes sociales.

Sin embargo, no se aclara el por qué se le acusa de ese delito, ya que de acuerdo al Código Penal del Estado de Guanajuato en su Artículo 153a. “se configura el delito de feminicidio “cuando la víctima del homicidio sea mujer y la privación de la vida se cometa por razones de género”

El Código Penal explica que eso se determinaría bajo los siguientes supuestos (con respecto a la víctima):

1.- Que haya sido incomunicada

2.-  Que presente signos de violencia sexual, aún respecto del cadáver

3.- Que haya sido vejada; que se le hayan infligido lesiones o mutilaciones, infamantes o degradantes aún respecto del cadáver

4.- Que haya existido amenazas, acoso, lesiones o violencia en el ámbito familiar, laboral, político o escolar o cualquier otro que implique supra o subordinación del sujeto activo en contra de ella

5.- Que exista o haya existido con el activo relación íntima, de convivencia, de confianza, noviazgo, parentesco, matrimonio o concubinato o relación análoga

6.- O que su cuerpo sea expuesto o exhibido.

Tan inexplicable hasta hoy es el motivo que llevó al presunto feminicida a cometer el crimen como el hecho que él mismo decidiera ponerse a disposición de la autoridad, hecho que no le reditúa en beneficio, pues la pena de hasta 70 años que podría alcanzar en caso de que se demuestre que ya había cometido otros delitos no se le reducirá.

Con información de Milenio

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

error: Gracias por Visitarnos !!