Las tarifas se definen con base en las características de cada establecimiento y en criterios internacionales

Ciudad de México (Marcrix Noticias).— El cobro de derechos de autor a hoteles y restaurantes se resolvió en la Ciudad de México mediante un acuerdo entre ambas partes, sin la participación, al menos públicamente, de ninguna autoridad local o federal.

Apenas en mayo, la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México (Canaco CDMX), la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (CANIRAC), y la Asociación de Hoteles de la Ciudad de México firmaron un convenio con la Sociedad de Autores y Compositores de México (SACM) para seguir cumpliendo con el respeto al Derecho de Autor mediante una justa remuneración para las creadoras y los creadores de música.

El convenio representa un avance jurídico sustantivo para el ejercicio pleno de los Derechos de Autor, está apegado a la legislación en la materia cumpliendo con las determinaciones de la Ley Federal del Derecho de Autor y sus beneficios no solo serán para las creadoras y creadores, sino para el desarrollo del país en el contexto de la reactivación económica, afirmaron los firmantes en un comunicado conjunto.

Según el convenio, las tarifas y beneficios otorgados toman en cuenta las características de los establecimientos, el grado y la forma de explotación de la música, la zona económica, los costos de recaudación y los criterios internacionales.

Jesús Almaguer, presidente de la hotelería de Cancún, Puerto Morelos e Isla Mujeres

Martín Urieta, presidente del Consejo Directivo de la SACM y conocido compositor mexicano, aseguró que el pago “justo, razonado y equitativo hace que el usuario de la música sea un aliado en el reconocimiento y fomento de una cultura”, pues de lo que se trata es “avancemos juntos”.

Víctor M. Adames, socio de BC&B y experto en propiedad intelectual, escribió un artículo en donde establece que la gran mayoría de los hoteles consideran que el hecho de contratar los servicios de un proveedor para televisión por cable y pagar una mensualidad por la señal correspondiente los faculta a transmitir la música o la señal de la televisión en las habitaciones del hotel sin problema alguno.

“Sin embargo, a fin de evitar una contingencia y violación a derechos de autor, los hoteles deben contar con licencias otorgadas por los titulares de dichos derechos para poder usar libremente las obras audiovisuales dentro de sus habitaciones”, explicó el especialista.

Dijo que la licencia es necesaria a pesar de que los hoteles hayan contratado un servicio de televisión por cable o satelital, pues dicha contratación no cubre tales derechos de autor.

Legislador local Hugo Alday, promotor de polémica iniciativa

El experto recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la difusión de esa música dentro de los hoteles “se considera como un acto de comunicación pública y genera un pago de regalías a favor de los autores de obras audiovisuales”.

“La comunicación pública de obras dentro de las habitaciones de los hoteles no representa un acto de ‘molestia’, de ‘intromisión’ o ‘invasión’ a la privacidad de sus huéspedes, pues estos se mantienen incólumes frente a tales actos, por tanto, se salvaguarda su privacidad y la inviolabilidad de su domicilio. Y, por el contrario, toda vez que, efectivamente, se trata de un acto de comunicación pública, es indispensable la realización del pago por la retransmisión de las obras protegidas”, señala la resolución de la Corte.

“Esto quiere decir que el carácter privado de los cuartos de un hotel no impide que pueda considerarse como pública la comunicación que se hace dentro de sus habitaciones”, dijo el especialista.

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