• También se exonera a un medio de comunicación acusado de violencia política en razón de género.

Chetumal, Marcrix Noticias.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), declaró inexistente la calumnia denunciada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), que presuntamente cometió José Luis Chacón Méndez, entonces precandidato a la presidencia municipal de Cozumel por MORENA, en un video contra ese partido.

En el Procedimiento Especial Sancionador PES/034/2024, en contra Chacón Méndez, el PRI lo acusa de supuesta calumnia, derivada de las publicaciones realizadas en redes sociales; así como a la Coalición “Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo”, por culpa in vigilando, queja que los magistrados electorales señalaron como inexistente y carente de pruebas.

Asimismo, el TEQROO declaró que no hubo acto anticipado de campaña ni arenga al voto, por parte de Renán Eduardo Sánchez Tajonar, en su calidad de aspirante a la candidatura a la diputación por el distrito 11, postulado por la coalición “Sigamos haciendo historia en Quintana Roo”.

En las pruebas presentadas por el PRI, es un video de la asistencia de Sánchez Tajonar a un acto de campaña del candidato a diputado federal, Juan Carrillo Soberanis, portando una playera que hace alusión a su nombre, y que tiene el logotipo del partido Verde y la leyenda: “El futuro de la 4T es VERDE, en donde no se advierten expresiones que de forma explícita, objetiva, manifiesta, abierta y sin ambigüedad realicen llamados expresos al voto a su favor o del PVEM.

Por otra parte, el TEQROO desechó una queja por violencia política en razón de género, presentado por una servidora pública, en contra del periódico Sol Quintana Roo, derivado de unas supuestas publicaciones en donde se realizaron expresiones en contra de la denunciante, precisando que los adjetivos expresados en la nota publicada por el medio de comunicación, se llevaron a cabo en el ejercicio del derecho humano a la libertad de expresión y no implican una condición de género.

En cuanto al juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/033/2024, presentado por Luis Ernesto Mis Balam, en contra del acuerdo del IEQROO, que aprueba el registro de la planilla de candidaturas a miembros del Ayuntamiento de Felipe Carrillo Puerto, presentada por la Coalición Parcial “Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo”, se declaró infundados los motivos de agravio.

Para el TEQROO la planilla postulada por MORENA y aliados en Carrillo Puerto, se realizó con plena observancia a lo dispuesto en el Criterio Vigésimo Segundo de los Criterios de Acción Afirmativa, ya que ésta postuló dos fórmulas de cuota indígena en las tres primeras posiciones, acreditando el vínculo de las personas candidatas con la comunidad de dicho ayuntamiento.

Por editorweb

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